Para referirnos al debido proceso se debe hacer mención específicamente de dos artículos consagrados en la Constitución Política de nuestro país:
Artículo 39: “A nadie se le hará sufrir pena sino por delito, cuasidelito o falta sancionados por la ley anterior y en virtud de sentencia firme dictada por autoridad competente, previa oportunidad concedida al indiciado para ejercitar su defensa y mediante la necesaria demostración de culpabilidad”.
Artículo 41: “Ocurriendo a las leyes, todos han de encontrar reparación para las injurias o daños que hayan recibido en su persona, propiedad o intereses morales. Debe hacérseles justicia pronta, cumplida, sin denegación y en estricta conformidad con las leyes”.
Es así como lo anterior expresa que nuestra Constitución Política hace referencia al debido proceso; en la cual este se puede definir como el derecho que poseen las partes involucradas para gozar de un proceso legal así como también deberá ser un proceso justo acorde con la dignidad humana.
También hace mención de que en nuestro país toda persona tiene derecho al acceso a la justicia. Además este principio conlleva que el desarrollo del proceso debe llevar una justicia pronta; esto hace alusión a que las personas están en su derecho de exigir esta justicia pronta en la cual no se evidencie en el proceso una lentitud ni retrasos sin razón alguna dado que este no debe prolongarse más tiempo del necesario.
Asimismo las partes tienen el derecho y la oportunidad de defenderse, en la cual pueden pronunciar sus injurias o daños. Para ello se le debe otorgar un plazo prudente con el objetivo de que esta pueda brindar todas las pruebas correspondientes. Para lo cual deben ser escuchadas en su momento dado por un juez imparcial que deberá resolver de manera correcta; ósea conforme a las leyes. Pero las partes involucradas deben estar presentes para que se pueda ejercer el derecho de defensa.
Tras lo anterior se puede evidenciar que el debido proceso incluye una serie de derechos fundamentales de carácter procesal; algunos de estos el acceso a la justicia, el proceso público, el derecho de defensa, la presunción de inocencia, juez natural, la legalidad del juicio y la celeridad del proceso. El debido proceso también se encuentra en los tratados internacionales de Derechos humanos.
Con el debido proceso se puede aplicar correctamente la justicia; dado que la persona puede gozar de una adecuada defensa cuando los derechos de cualquier individuo se encuentren bajo proceso judicial.
BIBLIOGRAFÍA
Revisado el: lunes 9 de mayo
Revisado el: lunes 9 de mayo
No hay comentarios:
Publicar un comentario